Exterior edificio club de campo

El club

 

Modificaciones en el Reglamento de Régimen Interior

14.06.2018

Información sobre las modificaciones en el Reglamento de Régimen Interior del Club de Campo Villa de Madrid: admisión de abonados no incluidos en la lista de espera, solicitud de baja temporal y sobre utilización de las instalaciones hípicas.

 

Admisión de abonados no incluidos en la lista de espera

Un abonado podrá dar de alta como abonados a su cónyuge o pareja de hecho siempre que no haya transcurrido más de un año desde la fecha de matrimonio o de inscripción en el registro de parejas de hecho, debiendo abonar la cuota de nueva inscripción, así como la cuota semestral vigente en el momento de producirse el alta. Pasado el plazo establecido de un año, deberá abonar los importes al 50% de las cuotas atrasadas, con un límite de cinco anualidades, así como la cuota de inscripción vigente en el momento de alta. Se admitirá como documentación el libro de familia, certificado de matrimonio o certificado de parejas de hecho.

 

Solicitud de baja temporal

El abonado que se encuentra en situación de baja temporal no podrá, mientras dure esta situación, dar de alta como abonado a su cónyuge o pareja de hecho. Deberá darse de alta para poder inscribir a su cónyuge/pareja en las condiciones establecidas en este Reglamento.

 

Sobre utilización de las instalaciones hípicas

Se permite que el titular de un box no sea el mismo del libro del caballo estabulado en él durante un mes como prueba del animal. Pasado dicho plazo si el libro del caballo no coincide con el titular del box deberá ser desalojado con el coste correspondiente para su titular.

 

 

  • Cuadras. Foto: Miguel Ros
Archivos relacionados: